Casación No. 635-2016

Sentencia del 11/12/2017

“… se advierte que la tesis de la casacionista consiste en señalar que la Sala sentenciadora no le dio el valor probatorio de conformidad con el sistema que corresponde (prueba legal o tasada) a la declaración de parte oportunamente prestada por Antonio Meneses Hernández; sin embargo, esta Cámara [Civil] es del criterio que esa declaración de parte, si bien es cierto de la lectura de la sentencia se establece que la Sala efectivamente se refirió a ella para emitir las consideraciones del fallo impugnado, no le da valor probatorio conforme al sistema de valoración probatoria que correspondía, toda vez que concluye que dicho medio de prueba confrontado con otro dentro del proceso (declaración de parte de la demandante) hace que la misma no sea el medio idóneo probar las pretensiones de la demandante y por lo tanto resulta ser que no tiene por si sola una incidencia en el resultado del fallo recurrido (que hiciera resolver contrario a lo resuelto), razón por la cual la Sala sentenciadora no le concedió valor probatorio…”